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jueves, 5 de noviembre de 2020

05/11/2020 - LA FISCALIDAD PROGRESIVA: EL PATRIMONIO O EL ESTADO FALLIDO (I)

 

LA FISCALIDAD PROGRESIVA: EL PATRIMONIO O EL ESTADO FALLIDO (I)

 Cuando servidor era joven -ya ha llovido- en todas las casas de los pueblos había más de un gato, no como mascota, sino para que cazara ratones o pájaros, u otros “bichos”. Cuando paría una gata, era muy común, para anunciarlo a los vecinos, la expresión: ¡Antonio, una espuerta de gatos! Que luego, sin más ni más, se repartían. Ahora, con tantas redes sociales, la expresión más común entre los vecinos no pasa de ser: ¡Sra. Enriqueta, una “espuerta” de datos! Y empieza la tarambana entre escuchas, dimes y diretes de todos los calibres, sin, por supuesto, olvidarse de la farándula y de esa “ilustrada” Belén Esteban y algún que otro personaje sacado -o salido por su propio pie, lo cual le honra- del armario.

 

Disculpen la introducción un tanto bromista y vamos con “la fiscalidad progresiva…” que de verdad interesa a todos los que pasan dificultades especialmente. Conviene que la mayoría de españoles -los caceroleros están exentos, obviamente- sepan lo que está pasando y porqué está ocurriendo siendo nosotros un país desarrollado donde no debería haber ningún problema más allá de los inevitables como consecuencia de la condición humana, que en casos deja bastante que desear. Pero, los datos (¡una espuerta!) cantan, como iremos viendo.

 

Para este escrito (dividido en partes para no agobiar demasiado), preferentemente, me voy a ayudar -ya saben que sólo soy un escribidor- de Thomas Piketty y su magnífico trabajo en “Capital e Ideología”; y, cómo no, de algún que otro articulista de Diario-16, Público u otros medios que están fuera del periodismo de los medios de desinformación que tanto perjudican con sus manipulaciones, sobre todo, a la gente que lee la prensa de papel.

 

Pero, antes de nada, quiero que conozcan unos datos sobre los Presupuestos del Estado presentado para el año 2021 que ha publicado Podemos, por aquello de que “Zamora no se ganó en una hora”, que muestran que empezamos a “avanzar”, aunque no sea al ritmo y al modo y manera que deberíamos como aconsejan Piketty, V. Navarro, J. Stiglitz, J.A. Ocampos o Jayati Ghosh y algún que otro economista de renombre centrados en la fiscalidad progresiva de la que empezaremos a hablar después: “Aumento del 151,4% en sanidad; aumento del 70,2% para educación, becas y FP; aumento del 80, 1% en I+D+i; aumento del 60% en ciencia; aumento del 70,3% en servicios sociales; aumento del 46% en dependencia; aumento del 29,5% fomento del empleo; aumento del 59% para combatir la pobreza infantil; y aumento del 150% en ayudas al comercio. Algo es algo, aunque no sea lo suficiente para erradicar las múltiples carencias del país.

 

Voy a empezar (a los que hayan leído el libro sólo para recordarles puntos que considero importantes) con algunos apuntes del capítulo 17 de “Capital e Ideología” de Piketty. Primero, sobre el punto referido a “la fiscalidad progresiva sobre la propiedad y la circulación del capital”: Desde el momento en el que se acepta a idea de que la propiedad privada seguirá jugando un papel en una sociedad que podamos llamar justa, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas, seguirá siendo necesario encontrar acuerdos institucionales para evitar que el capital se concentre de forma ilimitada. Para evitar una concentración excesiva del capital, los impuestos progresivos sobre las sucesiones y la renta deben seguir desempeñando en el futuro el papel que desempeñaron durante el siglo XX, con tasas que durante décadas alcanzaron o superaron el 70-90% en la parte más alta de la distribución de la renta y la riqueza. Con la perspectiva que da el tiempo, aquellas décadas se presentan hoy ante nosotros como el período de mayor crecimiento jamás observado. Sin embargo, la experiencia histórica indica que estos dos impuestos no son suficientes y que deben complementarse con un impuesto progresivo sobre el patrimonio, herramienta central para garantizar una verdadera circulación del capital. Existen varios motivos para ello. Por una parte, en comparación con el impuesto sobre la renta, el impuesto sobre el patrimonio es menos manipulable, especialmente en el caso de las grandes fortunas, cuyas rentas en sentido fiscal representan a menudo una insignificante fracción del patrimonio, mientras quela mayor parte de las rentas en sentido económico se acumulan en holdings familiares y otras estructuras específicas. Si nos limitamos a aplicar un impuesto progresivo sobre la renta, entonces, de forma casi automática, los grandes patrimonios pagan impuestos minúsculos en proporción a su riqueza (por ejemplo, Warren Buffett pagó 1,8 millones de dólares en impuestos federales sobre la renta en 2015 para una fortuna estimada en 65.000 millones de dólares, o lo que es lo mismo, una tasa impositiva del 0,003% en proporción a sus activos). Por otra parte, el patrimonio constituye en si mismo un indicador de la capacidad de pago del contribuyente. En este sentido, es tan pertinente, o más, que la renta anual, que puede variar por todo tipo de razones que no tienen necesariamente un impacto en el importe de un impuesto que se diga justo. Si un propietario posee importantes activos en forma de casas, edificios, almacenes y fábricas, de los cuales no tiene ningún ingreso significativo, por ejemplo, porque se los reserva para su propio uso, esto no debería bastar para eximirlo de todo impuesto, al contrario. De hecho, en todos los países en los que existe un impuesto sobre el patrimonio inmobiliario (ya sean viviendas, oficinas, o bienes profesionales de cualquier tipo), como sucede con la property tax en USA o con la taxe foncìere en Francia nadie consideraría la posibilidad de eximir del impuesto a los grandes propietarios (personas físicas o jurídicas) sólo porque no perciban renta alguna de los mismos. Conviene añadir que, en comparación con el impuesto progresivo de sucesiones, que también es una forma de impuesto a la propiedad, la ventaja del impuesto sobre el patrimonio es que se adapta mucho más rápido a la evolución de la riqueza y de la capacidad de pago del contribuyente. Por ejemplo, no vamos a esperar que Mark Zuckerberg o Jeff Bezos cumplan noventa años y transfieran su riqueza para empezar a cobrarles impuestos. Nótese también que los impuestos sobre bienes inmuebles que se aplican actualmente (como la antes citada property tax en USA o la taxe foncìere en Francia), a pesar de todas sus limitaciones, siempre han permitido recaudar ingresos mucho más importantes que el impuesto de sucesiones. Resulta sorprendente observar cómo, en general, el impuesto sobre sucesiones aparece en todas las encuestas como uno de los más impopulares, mientras que los impuestos sobre el patrimonio y la renta son relativamente bien aceptados, y el impuesto progresivo sobre la fortuna (el ISF en Francia o la milionaire tax en USA) es acogido con éxito. En otras palabras, los contribuyentes prefieren pagar un impuesto en torno al uno o dos por ciento anual sobre el valor de sus propiedades durante décadas, en lugar de tener que pagar el 20% o el 30% en el momento en que el patrimonio se transfiere.

 

Otro punto del capítulo 17. “El tríptico de la fiscalidad progresiva: propiedad, herencia, renta”. El sistema tributario de una sociedad justa debería estar basado en tres grandes impuestos progresivos: un impuesto anual progresivo sobre la propiedad (impuesto de patrimonio), un impuesto progresivo sobre las herencias y un impuesto progresivo sobre la renta. El impuesto anual sobre la propiedad y el impuesto sobre sucesiones aportarían conjuntamente ingresos equivalentes al 5% de la renta nacional aproximadamente (en donde cerca del 4% corresponde al impuesto anual sobre la propiedad y el 1% restante al impuesto de sucesiones), que se utilizarían en su totalidad para financiar la dotación de capital. El impuesto progresivo sobre la renta, en el que también hemos incluido las cotizaciones sociales y un impuesto progresivo sobre las emisiones de carbono, aportaría en torno al 45% de la renta nacional y permitiría financiar el resto del gasto público, en particular la renta básica y, sobre todo, el Estado social (incluido el sistema sanitario y educativo, los regímenes de pensiones, etc.). En el sistema fiscal expuesto aquí no existen impuestos indirectos. En general, los impuestos indirectos (como el IVA) son extremadamente regresivos y, es preferible que a largo plazo sean reemplazados por impuestos progresivos sobre la propiedad, la herencia y la renta. El sistema que propone Piketty está basado en una larga tradición. Ya en 1795, Thomas Paine defendía la puesta en marcha de un impuesto de sucesiones para financiar un sistema de renta básica. Más recientemente, Anthony Atkinson propuso afectar la recaudación del impuesto de sucesiones a la financiación de una dotación de capital para cada joven adulto. Nótese que las cantidades que Piketty propone movilizar para financiar la dotación de capital son importantes (5% de la renta nacional) e implican un aumento significativo de los impuestos sobre la propiedad y las herencias a los más acomodados. Actualmente, los impuestos sobre la propiedad (como la property tax y la taxe foncìere en USA y Francia) recaudan el equivalente a entre el 2% y el 3% de la renta nacional, y el impuesto sobre sucesiones menos del 0,5%. Por término medio, en la UE, los distintos tipos de impuestos sobre la propiedad recaudan cerca del 3% de la renta nacional.

 

Siguiente punto del capítulo 17. “Sobre la transparencia patrimonial en un solo país”. En la práctica, los ingresos procedentes del impuesto sobre la fortuna (ISF) se cuadruplicaron entre 1990 y 2018, el doble de rápido que el PIB, lo que demuestra que es posible poner en marcha un impuesto de este tipo en un solo país y beneficiarse de un aumento notable de la recaudación. Recordemos que los grandes patrimonios financieros han crecido todavía más que los inmobiliarios, que a su vez progresaron más rápidamente que el PIB. Cabe señalar también que la gestión de este impuesto siempre ha sido muy deficiente: el control fiscal nunca ha sido suficiente dejando a los particulares que sean quienes declaren sus activos, sin una verificación sistemática, cuando lo más sencillo habría sido establecer (como se viene haciendo con la declaración de la renta) un sistema de borradores precumplimentados a partir de la información trasmitida por los bancos y las instituciones financieras sobre los activos financieros (y del catastro inmobiliario, actualizado a partir de los valores de las últimas transacciones), lo que habría permitido un aumento todavía más importante de los ingresos fiscales provenientes de dicho impuesto. Nada impide que un Estado de tamaño medio (como Francia, España…) tome sus propias medidas en el ámbito de la transparencia patrimonial, incluso si no existe una verdadera cooperación internacional. Esto es evidente en el caso de los activos inmobiliarios (ya sean viviendas residenciales o activos profesionales: oficinas, fábricas, almacenes, tiendas, restaurantes, etc.) y, en general, de todas las empresas que tienen una actividad económica o un interés particular en territorio nacional. Debiendo estar sujetos (caso de la taxe foncìere en Francia) todos los propietarios, ya sean personas físicas o jurídicas, residentes o no en el país. La administración podría exigir a los propietarios de estos bienes, en el caso de estructuras jurídicas de diversa índole (holdings, fundaciones, etc.) que faciliten la identidad de los accionistas y su participación, bajo amenaza de sanciones disuasorias, que consistiría en aplicar a la empresa o estructura jurídica en cuestión el tipo impositivo progresivo sobre la propiedad individual, asumiendo la hipótesis de que un solo individuo es el propietario de la estructura en su totalidad ante la falta de información adicional. De esta forma, utilizando también la información sobre las carteras facilitadas por los bancos y las instituciones financieras, las autoridades fiscales podrían transformar perfectamente el impuesto sobre bienes inmuebles en un impuesto progresivo sobre el patrimonio neto individual en cuya base imponible se incluyesen automáticamente todos los bienes residenciales o profesionales.

 

Para terminar esta primera parte dedicada en su totalidad a Piketty, me voy a hace eco de su punto sobre del citado capítulo 17 “Renta básica y salario justo: el papel del impuesto progresivo sobre la renta”.  Una versión relativamente ambiciosa de la renta básica podría consistir en la introducción de una renta mínima equivalente al 60% de la renta media después de impuestos para quienes carezcan de otros recursos. El importe de esta renta mínima sería decreciente con respecto al nivel de ingresos del perceptor y cubriría alrededor del 30% de la población, con un coste total aproximado equivalente al 5% de la renta nacional. Una sociedad justa debe basarse en una lógica de acceso universal a los bienes fundamentales: la salud, la educación, el empleo, las relaciones salariales y los salarios diferidos (para las personas mayores -en forma de pensiones de jubilación- y para los que no tienen trabajo -en forma de prestaciones de desempleo-). La ambición debe ser la de una sociedad basada en la remuneración justa del trabajo. Y la renta básica puede contribuir a ello, mejorando los ingresos de las personas con salarios demasiado bajos. Se trata, sobre todo, del sistema educativo. Para que todo el mundo tenga la oportunidad de acceder a un trabajo bien remunerado, debemos dejar atrás la hipocresía de invertir más recursos en los itinerarios más elitistas que en los itinerarios de estudios que más frecuentan los estudiantes socialmente desfavorecidos. También se trata del derecho laboral y, en general, del sistema jurídico. Y, así mismo, del sistema fiscal. Además del impuesto progresivo sobre la propiedad y de la dotación de capital, que promueve la participación de los trabajadores, conviene no olvidar que el impuesto progresivo sobre la renta contribuye al establecimiento de salarios más justos mediante la reducción de las diferencias de renta propia de una sociedad justa. En concreto, la experiencia histórica muestra que los tipos marginales del orden del 70-90 por ciento sobre las rentas más altas han permitido poner fin a remuneraciones astronómicas e innecesarias, en beneficio, sobre todo, de salarios más bajos y de la eficiencia económica y social del conjunto. Cabe recordar que, en ausencia de sistemas públicos, los trabajadores tendrían que afrontar importantes pagos a fondos de pensiones y seguros médicos privados que, en la práctica, pueden resultar mucho más costosos que los sistemas públicos. Por tanto, es importante pensar en la renta básica como parte de un paquete más ambicioso que incluye la fiscalidad progresiva sobre la propiedad y la renta, la dotación de capital y el Estado social.

 

Esta primera parte se la dedico al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá Belmonte, que fue presidente de la Autoridad Independiente de responsabilidad Fiscal (AIReF) nombrado por Rajoy, y que trabajó para el BBVA como director del Servicio de Estudios del grupo y posteriormente como director del área de Finanzas Públicas del mismo grupo. Es decir, un individuo de claro corte neoliberal que ha quedado patente con la puesta en marcha del Salario Mínimo Vital (SMV) que, sin duda, ha tratado por todos los medios de torpedear, aunque al final haya perdido la partida con el vicepresidente Pablo Iglesias. Ya nos podemos ir atando bien los machos cuando “legisle” sobre las pensiones. Inexplicable que alguien de esa catadura forme parte de un gobierno que se tiene por progresista, pero…, Spain is different, que diría un sajón.    

 

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