Comentario: Antes de que empiecen a leer y a vomitar. ¿Estos Magistrados del Tribunal Supremo tienen todos finca de caza? ¿Y sus niños? ¿comen todos los días? Sencillamente, nos han “toreado” a todos los que tenemos IRPH en nuestras hipotecas. ¡¡¡Qué vergüenza de país y de su JUSTICIA!!! ¡Vámonos al quinto coño, seguramente se está mejor que aquí!
La Sala parte de que no cabe dar una solución unívoca sobre el carácter transparente y la abusividad del IRPH, pues, según las sentencias, su validez dependerá de las circunstancias de cada préstamo y de cada litigio, es decir, lo que pedían los bancos
José Antonio Gómez
12/11/2025
La larga espera de los afectados por el IRPH ha
terminado. Hoy el Supremo ha hablado y lo ha
hecho volviendo a acatar los deseos de la banca. En la larga disputa entre los
consumidores hipotecados y la banca española por el índice IRPH, el Tribunal
Supremo ha vuelto a hacer lo que mejor sabe hacer: cerrar filas con el sistema financiero. Dos sentencias
publicadas han despejado las dudas que quedaban. El Alto Tribunal no anula el
IRPH, ni siquiera lo cuestiona, sino que devuelve cada reclamación a un
laberinto judicial que, como en tantas otras ocasiones, beneficiará a quien
tenga más tiempo, más abogados y más recursos: los bancos.
El Supremo ha decidido que no cabe una “anulación automática”
de las cláusulas que referencian hipotecas al IRPH. Cada caso deberá analizarse
“individualmente”, en función de las circunstancias
concretas y de lo que el juez considere probado. En teoría, esta prudencia
suena razonable. En la práctica, es una invitación al cansancio procesal. Miles
de familias hipotecadas con este índice, que durante años pagaron cuotas
notablemente más altas que las referenciadas al euríbor, se enfrentan
ahora a un horizonte judicial incierto, caro y prolongado.
El argumento central del Supremo es técnico: que la transparencia o la
abusividad de una cláusula depende del grado de información facilitada al
cliente y de si el contrato mencionaba correctamente la Circular 5/1994 del Banco de España, publicada en el
BOE. Si la incluía, la cláusula será presumiblemente válida. Si no, el
consumidor aún deberá demostrar que fue víctima de un abuso.
Con esta fórmula, el tribunal establece una presunción
práctica a favor de las entidades financieras: basta con que el
índice estuviera publicado en el BOE para que se considere “comprensible” por
el consumidor medio. El problema es que el consumidor medio no lee el BOE, ni
entiende la estructura técnica de un índice diseñado para instituciones
financieras.
En otras palabras, el Supremo equipara la
transparencia formal con la transparencia real. Pero lo que se
debate no es la disponibilidad de la información, sino su inteligibilidad. El
ciudadano no fue informado de que el IRPH, al basarse en la media de los tipos
que aplicaban los propios bancos, tenía una tendencia estructural a situarse
por encima del euríbor. Un índice oficial, sí, pero con un sesgo endógeno que
lo hacía menos competitivo.
Europa habló, España reinterpretó
El fallo llega tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea (TJUE) de diciembre pasado, que subrayaba la
obligación de los tribunales nacionales de analizar si los bancos actuaron de
forma transparente y si las cláusulas podían considerarse abusivas. Bruselas no
invalidó el IRPH, pero sí exigió un escrutinio riguroso de cada contrato.
El Supremo, en lugar de asumir ese mandato como una oportunidad para
reforzar la protección del consumidor, lo ha convertido en un argumento para reforzar la posición de la banca.
Su lectura del dictamen europeo es minimalista: se limita a aceptar la revisión
caso por caso, pero desactiva la posibilidad de una doctrina general que ponga
límites estructurales a los abusos.
En la práctica, la jurisprudencia española ha optado por blindar el statu
quo. Los bancos podrán seguir alegando que actuaron de buena fe porque el
índice era oficial. Y los consumidores, dispersos y fatigados, deberán seguir
litigando uno a uno, como si cada historia fuera un caso aislado y no la
expresión de un patrón sistémico.
El espejismo de la transparencia
La sentencia también veta uno de los argumentos más poderosos de los afectados:
la comparación con el euríbor. El Supremo considera
“incorrecto” evaluar a posteriori si el IRPH resultó más caro que otros
índices, alegando que lo relevante es el contexto del momento de la firma. Pero
esta distinción es capciosa. En ningún momento se informó al consumidor de que
el IRPH podía comportarse de manera significativamente más costosa. La falta de
previsibilidad, en sí misma, es una forma de opacidad.
El tribunal parece olvidar que la transparencia no se mide por la cantidad
de documentos entregados, sino por la comprensión efectiva de su contenido. Y,
en ese sentido, el consumidor nunca estuvo en posición de entender los
mecanismos técnicos que hacían del IRPH un índice menos favorable.
Justicia demasiado cercana al poder
financiero
Más allá de la cuestión técnica, la resolución del Supremo confirma un
mensaje inquietante. Una vez más, el sistema judicial español actúa como
un estabilizador del statu quo financiero, no como un árbitro
neutral entre partes desiguales. El IRPH, que afectó a más de un millón de
hipotecas durante las dos primeras décadas del siglo XXI, se ha convertido en
un símbolo de esa asimetría: el consumidor asume los riesgos, el banco retiene
las ventajas y el Estado actúa como amortiguador del conflicto.
En la superficie, el tribunal invoca la prudencia y la seguridad jurídica.
Pero bajo esa capa late una vieja lógica institucional: evitar que la justicia
se convierta en un factor de incertidumbre para la banca, aunque eso suponga
perpetuar una injusticia para los ciudadanos.
El resultado es una victoria silenciosa para las entidades financieras y
una derrota moral para el principio de equidad. El Supremo
no ha declarado ilegal el IRPH, pero ha reducido las posibilidades de los
afectados a una excepción procesal. La puerta sigue entreabierta, pero el
camino está lleno de obstáculos.
Mientras tanto, decenas de miles de familias seguirán pagando las
consecuencias de un índice que nunca entendieron y de una justicia que, una vez
más, parece entender demasiado bien los límites de su propio coraje.
En el país de las cláusulas suelo, las preferentes y los rescates
bancarios, el IRPH se suma a la lista de heridas que demuestran que, cuando el
conflicto enfrenta a los ciudadanos con el sistema financiero, la balanza
judicial no suele dudar hacia qué lado inclinarse.
No hay comentarios:
Publicar un comentario