El actual gobierno ha utilizado recursos públicos para posicionarse contra las familias afectadas por el IRPH y evitar que los bancos tengan que devolver 70.000 millones de euros
JOSÉ ANTONIO GÓMEZ 16/12/2024
Goldman Sachs, el banco de inversión que no es
sospechoso de ser un contubernio anticapitalista o antiglobalista, realizó en
el año 2019 un estudio por el que estimaba que los bancos españoles tendrían
que devolver 70.000 millones de euros a los afectados por el IRPH si la Justicia calificara a este índice como
abusivo.
Desde ese momento, y en puertas a la primera sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE),
los gobiernos de Pedro Sánchez han utilizado a
la Abogacía del Estado para evitar que se haga justicia a los afectados por el
IRPH. Es más, el propio PSOE se unió
al PP y a Vox para que no
se tramitara en el Congreso de los Diputados una
Proposición No de Ley presentada por EH-Bildu para prohibir la personación de
la Abogacía del Estado en las causas relacionadas con el IRPH que se decidieran
en Luxemburgo.
La sentencia del pasado jueves sobre IRPH, en la que el TJUE ha derogado de
facto la doctrina y la jurisprudencia del Tribunal Supremo,
muestra cómo el gobierno de Sánchez, de la mano de la Abogacía del Estado, ha
luchado, una vez más, para evitar que los afectados por este índice abusivo
recuperen el dinero que los bancos les han cobrado de más.
La sentencia del TJUE, además de corregir al Supremo y dejar nulo margen a
nuevas interpretaciones favorables a la banca, descubre algo que es
escandaloso, aunque ya no sorprende al más de un millón de familias
afectadas. El gobierno de Pedro Sánchez se personó en la
causa para defender a la banca. El IRPH es una cuestión de estado, y
en las causas abiertas en Luxemburgo en su contra la banca siempre ha contado
con la ayuda del gobierno de Pedro Sánchez. La participación de Podemos y Sumar
en estos gobiernos tampoco ha supuesto ningún cambio.
Según se indica en la sentencia, el gobierno de Sánchez luchó para que no
se admitiera a trámite la cuestión prejudicial. «El Gobierno español expresa
dudas en cuanto a la admisibilidad de la petición de
decisión prejudicial. A este respecto, alega que, debido a la falta
de indicaciones suficientes acerca del marco fáctico del litigio principal, al
hecho de que aún no ha habido una decisión sobre la admisión de las pruebas
propuestas por las partes del litigio principal y a la circunstancia de que no
se conocen las pretensiones de esas partes, el Tribunal de Justicia se ve en la
imposibilidad de dar una respuesta útil a las cuestiones prejudiciales
formuladas, ya que la apreciación de la transparencia y de la abusividad de una
cláusula debe basarse en el conjunto de las circunstancias particulares de cada
contratación concreta. En este contexto, se solicita del Tribunal de Justicia
un examen general y abstracto de la Directiva 93/13, en relación con el empleo
de un IRPH como índice de referencia en contratos de préstamo hipotecario. El
Gobierno español sostiene asimismo que la presentación de la jurisprudencia del
Tribunal Supremo contenida en el auto de remisión carece de rigor y es, incluso,
inexacta y que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia ya ofrece respuesta a
muchas de estas cuestiones», afirma la sentencia del TJUE.
Es decir, que el gobierno de Pedro Sánchez reclamaba lo mismo que el
Supremo y que el propio Tribunal de Justicia europeo acaba de derogar.
Respecto a las cuestiones prejudiciales presentadas por la magistrada Eva Cerón, el gobierno de Pedro Sánchez también se
opuso a su admisión. «El Gobierno español niega
que sea admisible la segunda cuestión prejudicial, relativa al
comportamiento habitual de las entidades de crédito cuando se celebran
contratos de préstamo hipotecario bajo la supervisión de administraciones
públicas, porque considera que esta cuestión prejudicial se basa en una
hipótesis expuesta de forma incompleta o inexacta. Así, el Gobierno español
sostiene que el tipo aplicable a los contratos para la adquisición de viviendas de protección oficial venía determinado
por la normativa nacional, de forma que no se trata de un contexto de libre
fijación de precios, a diferencia de lo que sucede con los contratos de
préstamo hipotecario celebrados para la adquisición de otras viviendas, como el
contrato de préstamo objeto del litigio principal».
El TJUE le vuelve a dar un golpe a los representantes del gobierno de Pedro
Sánchez y declara que las cuestiones presentadas por la magistrada Cerón son
perfectamente admisibles.
Lo mismo sucedió con la tercera cuestión prejudicial que la Abogacía del
Estado considera que es una hipótesis «expuesta de forma incompleta o inexacta».
Lo que se demuestra en toda la sentencia, es que las reclamaciones de los
representantes legales del gobierno de Sánchez tienen como objetivo principal
colocar por encima de los intereses de la ciudadanía a los del sector
financiero, además de encubrir las atrocidades legales perpetradas por el
Supremo. Tal vez, en este caso, los jueces no estén jugando «con cartas
marcadas».
Además, tal y como se puede leer en la sentencia, tanto la Abogacía del
Estado de Sánchez y los letrados de la entidad bancaria (Kutxabank) van de la
mano al, incluso, querer deslegitimar la competencia del TJUE. Esto no es
nuevo, en todas las decisiones del Tribunal de Justicia ha ocurrido lo mismo y,
nuevamente, hay que recordar que todas ellas se han producido mientras Pedro Sánchez,
el tipo que se presenta como el presidente de «la gente», estaba en la Moncloa.
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